Sobre la posibilidad de que prospere un recurso de apelación
En respuesta a una pregunta, Enrique Montaner Ros explica en Diario Médico que según la jurisprudencia, los tribunales tienen la facultad de la valoración probatoria en detrimento de los litigantes. Estos pueden aportar las pruebas pertinentes, pero en modo alguno pueden imponerlas a los juzgadores. El recurso de apelación hace que el tribunal de segunda instancia tenga el conocimiento pleno de la cuestión, revisando la causa exclusivamente para verificar si la valoración conjunta del material probatorio hecha por el juez de instancia resulta ilógica, contraria o arbitraria a las máximas de la experiencia o a las normas de la sana crítica. O, si por el contrario, la apreciación de la prueba realizada es procedente. Esto supone que este recurso tenga pocas probabilidades de prosperar si la sentencia de instancia se basa en la sana crítica del juzgador a la vista del conjunto de la prueba y carece de contradicción en sus fundamentos.